Este servicio le brinda a las personas o al grupo empresarial claridad sobre la realidad pensional del cotizante o pensionado, para que así pueda estudiar las alternativas seguras y legales propuestas para solicitar, tramitar y/o reclamar derechos pensionales, o situaciones que se le deriven.
Este servicio consiste en brindar información en gran detalle al grupo empresarial y/o colaboradores, sobre temas pensionales, garantizando un manejo eficiente del conocimiento actual de las situaciones en las que se ven inmersas las personas al momento de solicitar su pensión. Estas charlas le permiten a los individuos tener herramientas conceptuales para conocer su realidad y contemplar las alternativas de su pensión.
Este servicio consiste en efectuar un análisis de la situación pensional de las personas, identificando el estado pensional en el que se encuentren actualmente, para poder determinar las posibles alternativas legales que le permitan obtener una mejor mesada pensional. Esta es una excelente alternativa para todas aquellas personas que se encuentran próximas a pensionarse o para quienes desean proyectar su futura mesada.
Este servicio consiste en determinar si procede el reconocimiento de los derechos pensionales, para lo cual se debe cumplir con los requisitos de edad y tiempo de cotización, los cuales varían de acuerdo a la norma aplicable. Por tal razón, es importante que las personas conozcan los diferentes tipos de pensión y cuando tendrían derecho a solicitarla, según las siguientes modalidades:
Este servicio consiste en verificar a través de cálculos actuariales si el monto de la primera mesada pensional que le fue otorgada a la persona pensionada, se efectuó teniendo en cuenta el aumento anual de Ley, para evitar la pérdida del poder adquisitivo de la moneda.
Este servicio se enfoca en la persona que al cumplimiento de la edad mínima para obtener la Pensión, no haya cotizado el mínimo de semanas exigidas por la Ley aplicable, y se vea en la imposibilidad de continuar cotizando al sistema. Consiste en reclamar la devolución de los aportes efectuados al sistema pensional a lo largo de su vida laboral. Lo mismo aplica para Pensiones de invalidez y sobrevivientes.
Nosotros te ayudamos a resolver las inquietudes. Solicita tu consulta ahora mismo.
Este servicio abre la puerta al traslado de régimen pensional cuando la Ley ya no lo permite, y aplica para la persona que se encontraba cotizando en el Régimen de Prima Media con Prestación Definida administrado en su momento por el Instituto de los Seguros Sociales hoy Colpensiones o en alguna Caja de Previsión Social o con una Entidad Pública, y se trasladó al Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad, esto es a un Fondo de Pensiones Privado, en el que hoy día no obtiene una pensión u obtiene una mesada pensional inferior a la que obtendría si se hubiese quedado con el Instituto de los Seguros Sociales ahora Colpensiones.
Este servicio se enfoca en todas aquellas personas que no se encuentran satisfechas con su mesada pensional actual, siendo la herramienta precisa para verificar si de acuerdo a las diferentes formas o modalidades de liquidar las pensiones consagradas por la Ley (4 formas), se puede obtener un aumento mensual. Lo anterior, toda vez que el ISS hoy Colpensiones al momento de liquidar las pensiones, lo hace generalmente teniendo en cuenta los 10 (diez) últimos años cotizados, liquidación que muchas veces es menos favorable que las otras modalidades.
Este servicio se presta cuando al analizar las cotizaciones efectuadas a lo largo de la vida laboral de una persona a través de un conteo de tiempos, esta se percata de que algún empleador no le efectuó las cotizaciones obligatorias al sistema pensional. Consiste en efectuar diferentes trámites en colaboración con el ex-empleador, para que se incorpore en la historia laboral dichos tiempos omitidos y se pueda obtener el reconocimiento pensional analizado.
Este servicio es para todos aquellos que tengan reconocido su derecho pensional, y que el reconocimiento del mismo haya tardado más de cuatro (4) meses, dado que se podría llegar a solicitar el reconocimiento de una suma extra generada por la demora injustificada en el reconocimiento de su pensión.
Este servicio consiste en recuperar los aportes al sistema de seguridad social en pensiones que la empresa petrolera no realizó. Esta situación generalmente se presenta cuando la persona empezó a laborar antes del 01 de Abril de 1994, cuando entró en vigencia el Sistema General de Pensiones contenido en la Ley 100 de 1993. Una vez se recuperen dichas cotizaciones, las mismas entran a ser parte para el reconocimiento o reliquidación pensional.
Este servicio es para todas aquellas personas que tengan reconocido su derecho pensional, y que el reconocimiento del mismo haya sido bajo los postulados del Acuerdo 049 de 1990 aprobado por el Decreto 758 del mismo año. Se otorga el beneficio de la siguiente manera:
• Cuando el pensionado cuenta con hijos que dependan económicamente de él, mientras sean menores de dieciséis (16) años o de dieciocho (18) años si son estudiantes o por cada uno de los hijos inválidos no pensionados de cualquier edad. En este caso se otorga el siete por ciento (7%) sobre el salario mensual mínimo legal vigente.
• Cuando el pensionado cuenta con un cónyuge o compañero o compañera que dependa económicamente de éste y no disfrute de una pensión, se otorga el catorce por ciento (14%) sobre el salario mensual mínimo legal vigente
Los incrementos mensuales, no podrán exceder del cuarenta y dos por ciento (42%) de la pensión mínima legal.
Este servicio consiste en efectuar un análisis de la situación de despido de las personas, identificando el procedimiento que efectuó el empleador y los valores otorgados, para poder determinar las posibles alternativas legales que le permitan obtener una corrección en caso de haber lugar a ello.
Este servicio consiste en efectuar un análisis de la situación de los bienes del causante, para poder determinar las posibles alternativas legales que le permitan obtener la misma bien sea ante notario o por juzgado.
Haz clic en nuestro asesor para hablar por whatsapp o envíanos un email a info@restrepofajardo.com
O si prefieres llámanos al 3147868959 o en Bogotá al 601 316 3916